Precios de transferencia de tecnología
¿En qué
consisten?
Se trata de la determinación del valor de mercado al que deben realizarse las operaciones con intangibles o que integran valor tecnológico dentro de la formación del precio, entre partes vinculadas tanto en el ámbito nacional como internacional
Consideraciones
El artículo 18 de la Ley del Impuesto de Sociedades establece la obligatoriedad de realizar las operaciones vinculadas por su valor de mercado, entendiendo éste como el que pactarían partes independientes en condiciones de libre competencia.
Para la justificación de este valor se ha de elaborar una documentación obligatoria que puede ser requerida por el fisco para probar la determinación de los precios conforme a criterios de mercado. El incumplimiento de la obligación de poseer la documentación obligatoria conlleva cuantiosas sanciones que pueden alcanzar el importe del 1% del importe neto de la cifra de negocios de la compañía.
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